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De cofradías y hermandades

La Semana Santa es el tiempo litúrgico en el que se conmemora la pasión y muerte de Cristo al igual que celebramos su resurrección. El uso de estos dos verbos, conmemorar y celebrar, te lo explico en el artículo ¿Celebrar o conmemorar la Semana Santa?

Y para lograr esta finalidad las diócesis se apoyan en las asociaciones públicas de fieles.

El artículo 298 del Código de Derecho Canónico, define la asociación pública de fieles como aquella asociación en las que los fieles, clérigos o laicos trabajan unidos, para promover el culto público, la doctrina cristiana, o realizar actividades de apostolado.

En el entorno de la Semana Santa, como asociaciones públicas de fieles, nos encontramos a las cofradías, hermandades, archicofradías y mayordomías, por ejemplo. Todas ellas con un mismo objetivo principal, el culto público del misterio pascual.

La erección canónica de una asociación pública de fieles es decretada por el obispo diocesano. Su sede se establece en una iglesia u oratorio.

Tipología de hermandades y cofradías

En el ámbito de la Semana Santa las hermandades y cofradías pueden ser de diferentes tipos:

  • Penitenciales: aquellas cuya finalidad es representar las escenas de la Pasión de Cristo.
  • Sacramentales: aquellas cuyo objetivo es dar culto al Santísimo Sacramento.
  • De gloria: aquellas dedicadas al culto de la Virgen y de los santos.

Estructura orgánica de hermandades y cofradías

Puede ser miembro de la cofradía o hermandad cualquier fiel cristiano y ser elegido para sus órganos de gobierno. Estos se dividen en colegiados e individuales.

Órganos de gobierno colegiados:

  • Asamblea General: órgano supremo y presidida por el presidente asistido por el secretario y miembros de la Junta Directiva.
  • Junta Directiva: órgano ejecutivo.
  • Consejo de Asuntos Económicos: órgano administrador de los bienes compuesto por presidente, secretario y tesorero.

Órganos de gobierno individuales:

  • Presidente: preside y representa conforme a derecho, tanto canónica como civilmente.
  • Vicepresidente.
  • Secretario.
  • Tesorero.
  • Consiliario: eclesiástico que acompaña espiritualmente y eclesialmente la vida de la cofradía y hermandad.

Actos de hermandades y cofradías

Los actos que desarrollan las cofradías y hermandades son de varios tipos y están especificados en sus estatutos. En líneas generales, se puede establecer la siguiente clasificación:

  • Colegiales: reuniones.
  • Cultuales: procesión.
  • Religiosos: vía crucis, triduos.
  • Culturales: presentación cartel y pregón.
  • Convivencia: jornadas.
  • Formativos: conferencias, cursos.
  • Litúrgicos: día del titular.

En la actualidad, no existen diferencias entre cofradías y hermandades ya que son consideradas dentro del grupo de asociaciones públicas de fieles. Sin embargo, antes no era así. Te lo cuento en el artículo ¿Existen diferencias entre cofradía y hermandad?

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