El derecho de protocolo español nos permite hacer un uso general de la bandera de España.
En consecuencia, este permiso nos abre la puerta para su utilización en aquellos actos que no son oficiales. Es decir, actos que no son organizados por autoridades e instituciones oficiales.
Por esta razón, podemos ver la enseña nacional en eventos privados de federaciones, asociaciones, entidades, empresas, colegios profesionales, instituciones, etc.
Sin embargo, si decidimos utilizar la bandera española en nuestros actos de interior, no debemos olvidar una serie de cuestiones. Estas consideraciones son las siguientes.
La bandera de España:
- Es un símbolo oficial sujeto a unas normas legales que hay que cumplir siempre.
- No es un elemento decorativo.
- Tiene una significación propia dentro del acto.
- Aporta información visual del evento.
- Debe ser colocada y retirada con respeto.
- Su presencia en el acto debe estar muy bien meditada y justificada.
- Su estado debe ser el idóneo.
- Debe estar enastada al mástil correspondiente a sus medidas.
- No debe rozar el suelo.
- Debe ser visible desde cualquier punto del espacio en el que se desarrolla el acto.
En resumen, el organizador del evento puede hacer uso de la bandera de España en su acto. Sin embargo, debe hacerlo conforme a ley y, además, con el mayor honor y respeto.
Para poder cumplir con las normas legales en relación al uso de la bandera nacional, os recomiendo la Guía práctica ilustrada de ordenación de banderas oficiales.
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