«Que vuestras Hermandades y Cofradías sean de gran ayuda a los demás cristianos de vuestras comunidades parroquiales para celebrar con fe profunda y devoción sincera la Pasión, Muerte y Resurrección del Señor», con estas palabras el Obispo de Orihuela-Alicante, Jesús Murgui Soriano, cierra su carta a los responsables de Hermandades y Cofradías de Semana Santa con motivo del inicio de la Cuaresma.
En este párrafo se indica la finalidad de las Hermandades y Cofradías: celebrar y promover el culto público del misterio de la Pasión, Muerte y Resurrección del Señor. Pero, ¿qué son las Cofradías y Hermandades?
El origen de las Cofradías y Hermandades está establecido en el Código de Derecho Canónico, concretamente en el artículo 301.1. donde se estipula que la autoridad eclesiástica es la única competente para erigir asociaciones de fieles cuyo objetivo es transmitir la doctrina cristiana o promover el culto público. Estas asociaciones de fieles erigidas por la autoridad eclesiástica competente se llaman asociaciones públicas.
Por su parte, la Diócesis de Orihuela-Alicante tiene publicadas sus normas de las Cofradías y Hermandades de la Semana Santa y en su artículo 1.1. establece que «Las Cofradías y Hermandades son asociaciones públicas de fieles que promueven el culto público a los misterios de fe, especialmente los referidos a la Pasión, Muerte y Resurrección del Señor».
En estas mismas normas diocesanas, se afirma en el artículo 3.1. que el fin principal de una Cofradía-Hermandad es el fomento del culto cristiano mediante actos litúrgicos, que se tributan en nombre de la Iglesia y de otros ejercicios de piedad. Otro fin de las Cofradías y Hermandades son «la evangelización y el ejercicio de la caridad cristiana», establece el artículo 3.2.
Los órganos de gobierno.
En referencia a sus órganos colegiados y unipersonales de gobierno, las Cofradías y Hermandades están constituidas, para el primer caso, por la Asamblea General, la Junta Directiva y el Consejo de Asuntos Económicos. Y en referencia a los órganos unipersonales, estos son el Presidente, el Vicepresidente, el Secretario, el Tesorero y el Consiliario.
El Presidente de la Cofradía-Hermandad la preside y representa conforme a derecho, tanto canónico como civil. Artículo 22.1.
El Consiliario acompaña espiritualmente y eclesialmente la vida de la Cofradía-Hermandad. Es nombrado libremente por el Obispo diocesano, previa consulta a la Junta directiva, si lo estima oportuno. Artículo 22.4.
En definitiva, las Cofradías y Hermandades son asociaciones de fieles jerarquizadas con una finalidad, fomentar el culto cristiano, sobre todo en todo aquello que haga referencia a la Pasión, Muerte y Resurrección de Jesucristo a través de los actos públicos, es decir, con proyección hacia el exterior, ya sean estos de carácter eclesial, civil o cívico-religioso.