Durante la emisión de un informativo de esta semana me ha llamado la atención las noticias de varias declaraciones de luto oficial. Al margen de la desgracia por los hechos ocurridos, me ha hecho pensar si quizás esta potestad que tienen las autoridades para decretar días de luto oficial no se está vulgarizando, lo que conlleva a restarle la importancia y la grandeza que tiene esta declaración oficial cuyo objetivo es «expresar mediante signos su dolor y condolencia como consecuencia del fallecimiento de una autoridad oficial en el ejercicio, ciudadanos relevantes o como consecuencia de una tragedia, atentado o accidente colectivo», explica Carlos Fuente Lafuente en su libro Manual práctico para la organización de eventos.
Este pensamiento me ha llevado a curiosear un poco sobre este asunto. Por ejemplo, la primera entrada que sobre luto oficial ofrece el Boletín Oficial del Estado (BOE) es del jueves 13 de octubre de 1898: «Con motivo del fallecimiento de S.A.R. La Princesa Albrecht de Prusia, esposa del Príncipe Regente de Brunswick; S.M. La Reina (Q.D.G.) Regente del Reino se ha dignado disponer que la Corte vista de luto durante cuatro días, dos de riguroso y dos de alivio, empezando á contarse desde el día 13 del actual.»
También en el BOE se publican durante el año 2015 (no aparece ninguna en 2016) tres reales decretos emitidos por la Presidencia del Gobierno declarando luto oficial por el fallecimiento de un militar español en el Líbano, por el accidente aéreo en los Alpes franceses y por el fallecimiento en accidente de tres militares destinados en el 802 escuadrón del Ejército del Aire en Canarias. En todos los casos se declara «luto oficial desde las 00 horas hasta las 24 horas del día…, durante las cuales la Bandera Nacional ondeará a media asta en todos los edificios públicos y buques de la Armada».
Finalmente, a través de Google he buscado noticias sobre la aprobación de días de luto oficial por parte de ayuntamientos durante el mes de agosto de este año. Los resultados, sorprendentes, son los siguientes:
- El Ayuntamiento de Segovia decreta tres días de luto por el fallecimiento de una mujer tras la explosión de una bombona de gas.
- El Ayuntamiento de Ferrol decreta un día de luto oficial por la muerte de un joven en una playa mientras practicaba surf a consecuencia de un ataque agudo de asma.
- El Ayuntamiento de Grado declara dos días de luto oficial por el asesinato de unos de sus hijos adoptivos.
- El Ayuntamiento de Jaca decreta un día de luto oficial por la muerte de un soldado provocada por un desprendimientos de rocas mientras realizaba escalada en Huesca.
- El Ayuntamiento de Lanjarón decreta tres días de luto oficial por el fallecimiento de un joven víctima de un incendio en un pub del municipio.
- El Ayuntamiento de Vizar decreta luto oficial por una joven del municipio víctima del terremoto de Amatrice.
- El Ayuntamiento de Montilla decreta tres días de luto oficial por la muerte de un niño durante la celebración de las fiestas patronales.
- El Ayuntamiento de Cinctorres decreta tres días de luto oficial por un niño fallecido por una caída desde una escalera.
- El Ayuntamiento de Santo Domingo de la Calzada decreta dos días de luto oficial por el fallecimiento de uno de sus hijos predilectos.
- El Ayuntamiento de Cortegana decreta tres días de luto oficial por el fallecimiento por accidente de una mujer en una calle de la localidad.
- El Ayuntamiento de Santa Brígida decreta dos días de luto oficial por la muerte de una mujer por violencia machista.
Sin tener la base de un análisis exhaustivo, reitero esa primera sensación sobre la vulgarización del uso de la declaración de luto oficial que he indicado en el primer párrafo de esta entrada.
En cuanto a las actuaciones para plasmar visualmente este luto oficial se dispone de:
- Arriar la bandera exterior correspondiente a la institución oficial que decreta el luto oficial y la colocación de un crespón negro en la de interior.
- Suspender los actos públicos oficiales.
- Dar pésame público por parte del alcalde y de la corporación municipal.