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Los suegros, miembros de la familia real

Tal y como recojo en el artículo «El registro civil de la familia real», el Real Decreto 2917/1981 indica que en el registro civil de la familia real «se inscribirán los nacimientos, matrimonios y defunciones, así como cualquier otro hecho o acto inscribible con arreglo a la legislación sobre Registro Civil, que afecten al Rey de España, su Augusta Consorte, sus ascendentes de primer grado, sus descendientes y al Príncipe heredero de la Corona».

Literalmente, este artículo nos indica que los miembros de la familia real son, actualmente:

  • Felipe VI (rey de España).
  • Reina Letizia (augusta consorte).
  • Princesa de Asturias (príncipe heredero de la Corona).
  • Infanta Sofía (descendiente).
  • Rey don Juan Carlos (ascendente de primer orden).
  • Reina doña Sofía (ascendente de primer orden).
  • Jesús Ortiz (ascendente de primer orden).
  • Paloma Rocasolano (ascendente de primer orden).

Para entender esta reflexión, tenemos que acudir al Código Civil.

Parentesco y grados familiares

El derecho de familia es el conjunto de normas que regulan la institución de la familia desde la perspectiva natural y social. Y la figura legal que vincula a los miembros de una familia es el parentesco, regulado en el artículo 915 del Código Civil: «La proximidad del parentesco se determina por el número de generaciones. Cada generación forma un grado».

A esto hay que añadir que el parentesco se establece bajo dos parámetros, la consanguinidad y la afinidad. El parentesco por consanguinidad es el que existe entre una persona y sus antepasados. Y el parentesco por afinidad es el que une a las personas por un vínculo legal, es decir, por el matrimonio.

En referencia a los grados, estos se dividen en dos líneas, directa y colateral:

  • La línea directa es la constituida por la serie de grados entre personas que descienden una de otra.
  • La línea colateral es la constituida por la serie de grados entre personas que no descienden unas de otras, pero que proceden de un tronco común.

A su vez la línea directa, o recta, se divide en descendente y ascendente:

  • La línea recta descendente une al cabeza de familia con los que descienden de él.
  • La línea recta ascendente liga a una persona con aquellos de quienes desciende.

Si unimos las líneas y los grados nos da el siguiente resultado indicado en al artículo 918 del Código Civil:

En la recta se sube únicamente hasta el tronco. Así, el hijo dista del padre un grado, dos del abuelo y tres del bisabuelo.

En la colateral se sube hasta el tronco común y después se baja hasta la persona con quien se hace la computación. Por esto, el hermano dista dos grados del hermano, tres del tío, hermano de su padre o madre, cuatro del primo hermano y así en adelante.

Este cómputo, que se ve con más claridad en los siguientes gráficos, «rige en todas las materias», según marca el artículo 919.

Parentesco por consanguinidad.

Parentesco por afinidad.

Conclusión

En consecuencia, y teniendo en cuenta la normativa, los miembros de la familia real son Sus Majestades los reyes, sus hijas, y los padres de ambos. Esto es debido a que en el caso de «ascendentes de primer grado» no se especifica su carácter, consanguinidad y afinidad, por lo que se da entender que se refiere a los dos. O, por lo menos, así lo interpreto yo.

En el caso de «sus descendientes», no se especifica el grado, por lo que, aunque actualmente solo afecta a sus hijas (primer grado), en un futuro también serán miembros de la familia real sus nietos (segundo grado).

Seguramente existe alguna interpretación o valoración desde el punto de vista del derecho que indique que los suegros de Felipe VI no son miembros de la familia real. Yo no he encontrado nada al respecto. Si entre mis lectores existe algún abogado, agradecería sus comentarios, reflexiones y correcciones.

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