Desde la antigüedad se ha empleado el término «viático» para designar la Eucaristía que se le daba a los moribundos. Etimológicamente proviene del latín viaticum y hacía referencia a la provisión de dinero y otros elementos que una persona necesitaba para emprender un viaje.
Según el Diccionario de la Lengua Española, Viático es el sacramento de la eucaristía, que se administra a los enfermos que están en peligro de muerte.
Ya en el Concilio ecuménico de Nicea, en el año 325, se habló del Viático. Concretamente en su canon 13 se habla de conceder a las personas moribundas la posibilidad de comulgar, incluídos los niños.
Acerca de los moribundos, se guardará también ahora la antigua ley canónica, que en peligro de muerte a nadie se le prive del último y más necesario viático. Pero si después de haber sido perdonado y haber obtenido la comunión, nuevamente volviese entre los vivos, póngase entre los que sólo participan de la oración, pero de modo general y acerca de cualquiera a punto de morir, si pide participar de la Eucaristía, el obispo, después de examen, debe dársela.
El Código de Derecho Canónico de 1917 también trataba del Viático, concretamente en el canon 864.3 en donde se afirma que «mientras dure el peligro de muerte es lícita y conveniente recibir varias veces el santo Viático en distintos días, con el consejo de un confesor prudente».
El Código de Derecho Canónico vigente, en referencia a este sacramento, establece en su canon 911.1 que «tienen obligación y derecho a llevar la santísima Eucaristía a los enfermos como Viático, el párroco y los vicarios parroquiales, los capellanes y el Superior de la comunidad en los institutos religiosos o sociedades de vida apostólica clericales respecto a todos los que están en la casa». El Código continúa estableciendo directrices:
921.1. Se debe administrar el Viático a los fieles que, por cualquier motivo, se hallen en peligro de muerte.
921.2. Aunque hubieran recibido la sagrada comunión el mismo día, es muy aconsejable que vuelvan a comulgar quienes lleguen a encontrarse en peligro de muerte.
921.3. Mientras dure el peligro de muerte, es aconsejable administrar la comunión varias veces, en días distintos.
922. No debe retrasarse demasiado el Viático a los enfermos, quienes ejercen la cura de almas han de vigilar diligentemente para que los enfermos lo reciban cuando tienen aún pleno uso de sus facultades.
En definitiva, el Viático es el último sacramento del cristiano, tal y como afirma el Catecismo de la Iglesia Católica.