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No se puede anunciar un honor sin su aprobación oficial

La ciudad donde resido, Orihuela, de una riquísima tradición ceremonial y en algunos casos única en España, dispone de un Reglamento de honores y distinciones oficial. Este documento recoge, entre otras distinciones, la figura del Caballero Cubierto del Santo Entierro. Y como en todo nombramiento tiene un procedimiento a seguir. En este caso, el nombramiento debe ser «otorgado mediante acuerdo adoptado por mayoría de votos de concejales que asistan a la sesión plenaria correspondiente, es decir, por la mitad más uno de los asistentes», marca la modificación de 1980 del Reglamento de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Orihuela del año 1955.

Esto quiere decir que la aprobación en el pleno del nombramiento es el requisito legal para que este sea una realidad. En consecuencia, la organización de un acto oficial para presentar a los medios de comunicación el nombramiento del Caballero Cubierto de 2019 sin la preceptiva aprobación por el pleno es una temeridad.

Bien es cierto que es práctica habitual en el ayuntamiento oriolano que la propuesta del nombramiento sea anunciada oficialmente antes de ser sometida a la votación plenaria. Sin embargo, en dicho acto este nombramiento se anuncia como un hecho consumado. Y todos sabemos ahora que esto no es así.

Tal y como se recoge en la noticia publicada en la web oficial del consistorio, el anuncio del nombramiento ha estado arropado por el alcalde y diferentes concejales del equipo de gobierno y de la oposición. En dicha nota de prensa, se afirma que «en el próximo pleno se realizará la aprobación definitiva del cargo». Me van a perdonar los señores concejales, pero a fecha de hoy y bajo el cumplimiento del Reglamento de honores y distinciones, no se contemplan aprobaciones provisionales plenarias. Cuando la propuesta de nombramiento pasa a pleno esta se somete a votación para ser aprobada o no. No existen medias tintas.

Los veladores del protocolo de una institución oficial deben ser sus propias autoridades quienes deben cumplir lo establecido en la normativa y actuar en consonancia con la misma. Si ellos no son capaces, habrá que potenciar la figura del responsable de protocolo con el objetivo de otorgarle autoridad suficiente, aquella que no pueda ningunear cargo público alguno.

El anuncio de un hijo predilecto que no llega

Episodio parecido al descrito anteriormente ocurrió en el año 2011.

Durante el acto de inauguración del museo ubicado en el Palacio Sorzano de Tejada, la alcaldesa del momento anunció, ante la sorpresa de todos los asistentes, que su promotor, Antonio Pedrera, iba a ser distinguido por la ciudad como Hijo Predilecto. Un nombramiento que no contaba en ese momento de su aprobación correspondiente.

Ocho años después, este nombramiento no se ha ejecutado.

Reflexión personal

La concesión de distinciones oficiales a personas por sus méritos y valores es una acción de gran responsabilidad y valor. Por esta razón, su procedimiento debe estar libre de toda negligencia y frivolidad. Si no se actúa con total adecuación al reglamento correspondiente, los honores pierden su esencia y se convierten en herramienta publicitaria del político.

Las distinciones de las entidades locales se otorgan con sus correspondientes aprobaciones plenarias. Y mientras esta no se obtenga no se debe anunciar públicamente su titular.

En protocolo los tiempos son importantes y justificados.

©PortugalBueno2019

1 comentario en “No se puede anunciar un honor sin su aprobación oficial”

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