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La tauromaquia y el periodismo son distinguidos en Andalucía

El Consejo de Gobierno andaluz ha concedido el título de Hijo Predilecto 2020 al torero Francisco Romero López y al periodista Antonio Burgos Belinchón. Y con la Medalla de Andalucía 2020 se distingue a Rafael Escudero Rodríguez, María Castellano Arroyo, Antonio de la Torre Martín, Vanesa Martín Mata, Joaquín Sánchez Rodríguez, Real Maestranza de Caballería de Sevilla, André Azoulay, Verdita Comercializadora Agrícola, Instituto de Astrofísica de Andalucía, Salón Internacional del Caballo, Real Sociedad de Carreras de Caballos de Sanlúcar de Barrameda, Montserrat Zamorano Toro, Legión Española y Ana Bella Estévez.

La entrega de estas distinciones se realiza en acto público solemne en el Día de Andalucía, el 28 de febrero.

El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía aprueba por Decreto 156/1983 su concesión de los títulos honoríficos. Con este otorgamiento se considera que el

Reconocimiento público de méritos excepcionales o la distinción a quienes en relación con Andalucía, por su trabajo o actuaciones, científicas, sociales o políticas, se considere que hayan hecho acreedores de recompensa, requiere la aprobación por la Junta de Andalucía de una normativa que determine el régimen a seguir para su concesión.

Hijo Predilecto de Andalucía

Bajo este fundamento, se crea el título de Hijo Predilecto de Andalucía. Se trata de la más alta distinción de esta comunidad autónoma. Y en relación a esta característica, se aprueba que este título no podrá ser otorgado a más de veinte personas «a no ser que por fallecimientos u otra causa se produzca vacante y sólo entonces podrá tramitarse nueva propuesta», explica el artículo 3.1 del Decreto 156/83.

La concesión de esta distinción se acredita con la entrega de la medalla y placa de plata. Sus titulares reciben el tratamiento de excelencia. Y, además, tienen derecho a asiento preferente en los actos públicos que organice la Junta de Andalucía.

Medalla de Andalucía

La Medalla de Andalucía se aprueba por Decreto 117/1985. Los actos dignos de este reconocimiento deben tener como referencia la solidaridad y el trabajo en beneficio de los ciudadanos.

Esta condecoración puede ser concedida a:

  • Persona andaluza de origen.
  • Ciudadano cuya acción repercute en beneficio de los intereses de Andalucía y sus habitantes.
  • Personas jurídicas, entidad o colectivo.

La medalla no puede superar la cifra de diez al año. En este cómputo no se tienen en cuenta las otorgadas a título póstumo y las entregadas por cortesía y reciprocidad.

Las personas titulares de esta distinción reciben el tratamiento de ilustrísima y, al igual que los hijos predilectos, tiene derecho a asiento preferente en los actos organizados por la Junta andaluza.

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