Durante la época estival son muchos los municipios españoles que celebran sus fiestas patronales y algunos ayuntamientos califican estas celebraciones como actos oficiales tradicionales y otros simplemente como actos tradicionales de la localidad.
En ambos casos, las autoridades oficiales acuden a los actos religiosos y civiles de la fiesta patronal por tradición, ya que se trata de una celebración reflejo de la historia del ayuntamiento y del municipio.
La fiesta local o patronal es definida por Francisco López-Nieto como «aquella fiesta oficial cuya motivación es celebrar la festividad del patrono bajo cuya advocación se ha puesto una institución o una determinada ciudad o lugar».
Las fiestas patronales siguen un patrón similar:
- Acto religioso: celebración de la Santa Misa en honor a la festividad que se celebra.
- Acto profano: banquete, cena, recepción, etcétera.
Siguiendo las indicaciones de López-Nieto, el protocolo en la celebración del patrón se aplica en dos momentos:
- Recepción de autoridades en la entrada del templo.
- Ubicación de autoridades en el interior del templo.
Además, es de señalar que en la mayoría de las ceremonias oficiales, la corporación local acude bajo mazas, siendo su orden el siguiente:
- Dos o cuatro policías a pie, con uniforme de gala.
- Dos clarineros o ujieres vestidos de gala.
- Los miembros de la corporación formados en dos hileras, de menos a más.
- El secretario es el primero de la fila de la izquierda.
- El presidente de la corporación se sitúa en el centro, flanqueado por los tenientes de alcalde o vicepresidentes. Detrás del presidente se sitúa el jefe de protocolo.
- Un piqueta de policías de gala.
Recepción de autoridades.
Las leyes litúrgicas existentes en relación a la recepción de autoridades en la entrada del templo son las siguientes:
- Cuando asisten autoridades, en función de su cargo, el diácono o alguno de los concelebrantes, se acercará a él y le daré el saludo de paz, según la costumbre del lugar. Serán recibidos cerca de la puerta de la iglesia y conducidos a su sitio.
- La persona que gobierna la nación será recibida por el obispo, quien, si asiste por su oficio a la liturgia, ya estará revestido en la puerta de la iglesia. Si la autoridad oficial es católica, y se juzga conveniente, se le ofrecerá agua bendita, y el prelado, situado a su izquierda, lo acompañará a su lugar en el templo, fuera del presbiterio.
Ubicación de autoridades.
Con respecto a la ubicación de autoridades en el interior del templo, es necesario recordar que en el año 1970 la Comisión Episcopal Española de la Liturgia hizo un comunicado en el que se indicaba que las autoridades civiles, como representantes del pueblo, tenían derecho a ocupar un lugar especial en los actos religiosos. Sobre este asunto, los puntos más importantes son:
- Las autoridades civiles tienen derecho a estar presentes en los actos religiosos y ocupar un lugar especial extra chorum et presbyterium.
- Las autoridades, al ser representantes del pueblo, deben mostrar un comportamiento ejemplar como católicos y ciudadanos.
©Portugal Bueno, 2017
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