Durante la homilía del domingo el sacerdote ha hablado sobre la Piedra de Rosetta y esto me ha recordado al derecho de protocolo. Ahora os explico el porqué, pero antes vamos a recordar que es la Piedra de Rosetta.
En el año 1799 fue descubierta por el ejército francés la Piedra de Rosetta, al norte de Egipto. Este hallazgo dio como fruto el desciframiento de los jeroglíficos egipcios.
La Piedra de Rosseta es una pieza de basalto negro de aproximadamente 760 kilos y con una cara pulimentada, en donde se observa un fragmento de un decreto sacerdotal en honor del faraón Ptolomeo V (196 a.C.) repetido en tres tipos de escritura: jeroglífico egipcio, demótico y egipcio antiguo. Esta composición ayudó a poder descifrar los jeroglíficos egipcios en el año 1822 por el historiador Jean- François Champollion quien es considerado por este acto el padre de la egiptología.
En definitiva, la comparación de estas escrituras consiguió dar respuesta a unas imágenes que hasta entonces no habían obtenido respuesta. Es decir, la escritura del antiguo Egipto fue el código que descifró los símbolos egipcios. Y este punto es el que considero semejante al derecho de protocolo.
El experto en protocolo Francisco López-Nieto y Mallo nos ha enseñado que el derecho de protocolo es el conjunto de normas que hace referencia a los tratamientos, símbolos, precedencias y a la celebración de actos públicos. Y cuando aplicamos esta normativa a una imagen esta nos transmite una información concreta y precisa.
Por ejemplo, si aplicamos la Ley 39/1981 sobre una ordenación de banderas comprobaremos que la de mayor honor es la de España, o si observamos una ordenación de autoridades y aplicamos el Real Decreto 2099/1983 podemos descifrar que quién ocupa la presidencia es el organizador del acto. En definitiva, el derecho de protocolo es el código que nos ayuda a descifrar imágenes de actos oficiales y, por lo tanto, podemos afirmar que el derecho de protocolo es la Piedra de Rosetta de las ceremonias de titularidad pública.
©Portugal Bueno, 2018