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Banderas en el presbiterio

La normativa referente a las banderas nos señala en qué lugares pueden ondear estas. Estas ubicaciones tienen carácter oficial, ámbito en donde tiene autoridad el Gobierno.

La Ley 1511/1977 y el Real Decreto 39/1983 nos indicas cuáles son estos espacios:

  • Edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial, insular y municipal del Estado.
  • Sedes de los órganos constitucionales del Estado y centrales de la Administración del Estado.
  • Edificios públicos militares, acuartelamientos, buques, aeronaves y resto de establecimientos de las Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad del Estado.
  • Locales de misiones diplomáticas, oficinas consulares, residencias de jefes diplomáticos y consulares y medios de transporte oficial.

Existen otros espacios en los que podemos ver ondear la bandera de España, al margen del oficial. Por ejemplo, los pabellones deportivos, establecimientos hoteleros y templos religiosos.

Bandera en el presbiterio

El estado de alarma decretado por el Gobierno de España me ha ofrecido la oportunidad de ver por primera vez la colocación de banderas en una iglesia. Fue durante la misa televisada de un domingo por la cadena Trece.

La eucaristía se retransmitía desde la Catedral de Córdoba y en su presbiterio se alzaban dos banderas, la de España y la de Ciudad del Vaticano.

Esta iniciativa me sorprendió tanto que me animó a escribir un correo a la Catedral de Córdoba en los siguientes términos:

Les escribo porque tras escuchar la misa el domingo, 22 de marzo, por la cadena de televisión Trece, vi que las banderas del Vaticano y España estaban colocadas en el presbiterio y es la primera vez que lo veo. Me gustaría conocer la razón de esta decisión.

También me percaté que la bandera española tenía escrito en el paño unas letras y pude intuir que una de las palabras hace referencia a «aniversario». ¿Me podrían decir que estaba escrito y por qué?

Al tercer día, el responsable de comunicación de la catedral, Agustín Jurado Sánchez, me envía una respuesta:

En relación con su pregunta sobre la bandera de España que se encuentra en el presbiterio de nuestra Catedral, le indico que la misma fue entregada al Cabildo Catedral de Córdoba como muestra de agradecimiento a la institución por el Teniente Coronel de la Guardia Civil, Juan Carretero Lucena.

El acto tuvo lugar al finalizar la eucaristía conmemorativa del Día de la Patrona, el pasado 12 de octubre de 2019, y con ocasión del 175 aniversario de la fundación del instituto armado. Recogió la bandera el obispo de Córdoba, Demetrio Fernández, quien informó al Teniente Coronel que la insignia nacional permanecería junto a la del Vaticano en dicho Altar Mayor como agradecimiento de la Iglesia de Córdoba a la labor de la Guardia Civil.

La leyenda de la bandera hace mención a ese 175 aniversario.

Agradezco de todo corazón la explicación dada y su amabilidad. Y sobre todo, la oportunidad que me ha regalado con su respuesta para seguir aprendiendo en torno al protocolo y el ceremonial.

Relación entre altura del edificio y tamaño de bandera

En la ley del 77 se especifica la relación proporcional entre el edificio y la bandera.

A un edificio con una altura superior a los veinticinco metros le corresponde una bandera con un largo de 4110 milímetros y un ancho de 2740.

En otro caso, si la altura del inmueble se encuentra entre los diez y los veinticinco metros, la bandera tendrá unas proporciones de 3240 por 2160 milímetros.

Por último, si la construcción tiene una altura inferior a los diez metros, bandera de 150 centímetros de largo y 100 de ancho.

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