El Síndico Portador, garante de la Fiesta de la Reconquista
Hace aproximadamente un año Francisco Giménez Ávila declaraba a este periódico que para él era un honor y un orgullo ser el Síndico Portador del año 2015. Y tenía toda la razón, no solamente desde el punto de vista subjetivo de la afirmación sino también desde el objetivo, porque la figura del Síndico Portador de la Gloriosa Enseña del Oriol es un honor que concede el Ayuntamiento de Orihuela.
El artículo 189 del Real Decreto 2568/1986 regula la posibilidad de que las corporaciones locales crean sus medallas, emblemas, condecoraciones y distintivos honoríficos con la finalidad de premiar especiales merecimientos, beneficios señalados o servicios extraordinarios. Con este objetivo el ayuntamiento oriolano aprueba el día 8 de julio de 1992 la figura del Síndico Portador de la Enseña del Oriol como cargo honorífico, es decir, se elige y se nombra a una persona para desempeñar un cargo y ostentar una dignidad.
El 11 de julio de 1400, según las indicaciones de Agustín Nieto Fernández, se aprueba que el 17 de julio sea día festivo y se manda sacar la señera. Sin embargo, no se recoge acuerdo alguno sobre quien debía llevar el estandarte. Este pacto llega en el siglo siguiente, en el año 1598, con la confirmación de que el pendón sea llevado por el Justicia criminal, sobre la base de la costumbre. Por lo tanto, esta autoridad es el portaestandarte de la señera oriolana hasta el siglo XVIII, ya que en 1708 se abole el cargo de Justicia criminal al ser eliminados los fueros y se encomienda “el cargo de llevar la señera al procurador síndico general, o sea, al síndico del Ayuntamiento”, explica Agustín Nieto en su obra Santas Justa y Rufina en la Historia de Orihuela.
En definitiva, la persona que porta la enseña no es nombrada, sino que por derecho le corresponde a una autoridad oficial. Esta circunstancia va a cambiar en el siglo XX con motivo del 750 aniversario de la Reconquista de la ciudad de Orihuela, conmemoración que motiva la creación de la distinción honorífica del Síndico Portador del Oriol, gracias al acuerdo aprobado en el pleno del ayuntamiento, para realzar “sin duda nuestra fiesta civil de la Reconquista y abrirá nuevas expectativas entre los ciudadanos dado que los sucesivos nombramientos supondrán nuevas oportunidades de participación popular que, en estos actos, tan solo estaban reducidos a los miembros de la Excelentísima Corporación Municipal “, explica el acuerdo plenario.
La figura del Síndico Portador de la Enseña del Oriol, por lo tanto, es aprobada para realzar y revitalizar una celebración oficial, la Fiesta de la Reconquista, que a finales del siglo XX sufría de escaso apoyo popular.
La elección del tratamiento de Síndico viene originada por la obra Orihuela, una ciudad valenciana en la España de la Modernidad de Juan Bautista Villar, en donde se informa que el Síndico oriolano era nombrado en Navidad junto al resto de los oficiales y que “su misión consistía en dar una imagen favorable de la villa en el exterior y defender sus intereses”. En definitiva, era una autoridad oficial.
En este sentido, y dentro del marco del derecho premial, la figura del Síndico Portador del Oriol guarda su carácter de nombramiento oficial pero en este caso honorífico, es decir, el titular de este honor no tiene facultad para intervenir en el gobierno ni en la administración municipal, pero si se le puede asignar funciones representativas en defensa de los intereses de Orihuela. Y este honor consiste en portar la Gloriosa Enseña del Oriol, símbolo de los oriolanos, el día que se conmemora oficialmente la Reconquista de la ciudad de Orihuela.
En resumen, la distinción honorífica del Síndico Portador de la Gloriosa Enseña del Oriol nace del ámbito oficial para salvar una fiesta también pública que no contaba con la aceptación social. Y cuando una ceremonia no cuenta con el apoyo de la comunidad a la que va dirigida, este acto tiende a desaparecer, ya que una de las condiciones que toda ceremonia debe cumplir para su permanencia en el tiempo es que esta sea aceptada socialmente.
El nombramiento del Síndico Portador no es, simplemente, una distinción honorífica oficial, sino que es el ejemplo vigente de cómo en el protocolo municipal es vital contar con la aprobación y aceptación de la comunidad a la que se gobierna.
Artículo publicado en La Verdad, domingo 10.07.16