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10 claves para aminorar escraches en eventos

 

Los eventos no son ajenos a sufrir situaciones de riesgo o escraches.

El escrache es identificado como la manifestación popular de protesta contra una persona, generalmente del ámbito de la política o de la Administración, que se realiza frente a su domicilio o en algún lugar público al que deba concurrir.

En definitiva, estamos hablando de la seguridad de un acto identificado y previsible que debe ser controlado.

Sin embargo, tenemos que tener en cuenta, que el escrache no se realiza al evento en sí mismo, sino a una persona, o personas, que asisten a dicho evento. Por lo tanto, la seguridad a establecer será en relación a esta persona en concreto y, en su extensión, al acto.

También, como organizadores del evento, debemos preguntarnos y analizar si merece la pena la ejecución del acto ya que la seguridad y la integridad física del invitado está en peligro. Una decisión a tomar entre el anfitrión, el organizador y el afectado. Y, por supuesto, sobre la base de un derecho fundamental y constitucional: «Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad».

10 medidas de control para escraches

El principio básico de la seguridad es la prevención. Y la mayoría de las medidas preventivas tiene como objetivo la disuasión.

A continuación, se enumeran 10 claves que nos van a ayudar a aminorar el escrache en un evento:

  1. Comunicar a las fuerzas de seguridad correspondientes el riesgo potencial del evento.
  2. Diseñar perímetros de seguridad de acceso al recinto donde se va a celebrar el acto.
  3. Modificar el itinerario de acceso al inmueble para la persona susceptible de sufrir escrache.
  4. Cambiar los horarios propios de la persona afectada y publicados en relación al evento.
  5. Identificar a las personas que acuden al acto.
  6. Llenar con antelación por completo el aforo donde se va a celebrar el acto con asistentes afines.
  7. Controlar la información que se publica sobre el evento, como, por ejemplo, la hora de llegada o de la intervención de la persona con riesgo de ser escracheada.
  8. Restricción y control de las personas tanto en el acceso como en el interior del edificio.
  9. Intensificar la seguridad en la entrada y en la salida de la celebración del acto.
  10. Realizar campaña de disuasión días antes del evento.

Y si con estas medidas, no logramos garantizar la seguridad de la persona escracheada en nuestro evento, no dudemos ni un momento en solicitar la aplicación del artículo 27 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana:

Las autoridades a las que se refiere esta Ley adoptarán las medidas necesarias para preservar la pacífica celebración de espectáculos públicos. En particular, podrán prohibir y, en caso de estar celebrándose, suspender los espectáculos y actividades recreativas cuando exista un peligro cierto para personas y bienes, o acaecieran o se previeran graves alteraciones de la seguridad ciudadana.

©PortugalBueno2023

Fuente fotografía: https://www.vozpopuli.com/espana/page-distancia-psoe-compara-insultos-ayuso-escraches-pablo-iglesias.html